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Declaración de Izquierda Unida sobre corrupción

Izquierda Unida / 05 nov 09

Por un acuerdo político en todas las instituciones para prevenir y perseguir la corrupción, y regenerar la vida democrática

20 medidas para acabar con la corrupción

La corrupción en la gestión económica de las instituciones públicas del Estado español ha alcanzado una dimensión inadmisible, que pone en riesgo los fundamentos de la democracia. Aunque la inmensa mayoría de los cargos públicos realizan su tarea con generosidad y honestidad, una minoría -aunque situada muchas veces en el corazón de partidos e instituciones- utiliza en su beneficio personal y político los resortes que los ciudadanos han puesto en sus manos. Se trata de una minoría relevante e influyente, y eso justifica la ira de los ciudadanos. Esa minoría está poniendo en grave peligro la democracia y abre el camino a soluciones populistas que conducen a la 'berslusconización' de la política española.

La corrupción en España ha sido y es inseparable de un modelo productivo fracasado y que ha conducido a un agravamiento específico en nuestro país de la crisis sistémica mundial. Se ha convertido en un elemento funcional propio de ese modelo que amenaza muy seriamente la calidad democrática de la vida política.

La corrupción en España ha sido también alimentada por una Ley Electoral injusta y una Ley de Financiación de Partidos meramente instrumental, destinadas ambas a favorecer el bipartidismo.

La corrupción en España ha sido facilitada por una legislación débil, la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, la privatización acelerada de servicios públicos, la externalización excesiva de muchas actividades desempeñadas por funcionarios y empleados públicos, la falta de eficacia del Tribunal de Cuentas, la escasez de medios de la Fiscalía Anticorrupción, la lentitud de la justicia y la falta de transparencia y control de los procesos de recalificación urbanística y de contratación pública.

Todos estos factores deben ser corregidos con urgencia. Están afectados los partidos, las leyes, y los controles. La política no puede delegar en la justicia.

Para ello, Izquierda Unida propone un acuerdo político de alcance estatal suscrito entre todas las fuerzas políticas en sede parlamentaria y aplicable con sus especifidades propias y en el marco del respeto a las competencias respectivas a las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.

El procedimiento para este compromiso político sería el siguiente:

a) Celebración de un Pleno monográfico en el Congreso de los Diputados.

b) Elaboración de una resolución conjunta de los Grupos Parlamentarios instando al Gobierno a las reformas legales necesarias para prevenir, combatir, limitar y castigar la corrupción.

IU propone como contenidos de ese compromiso las siguientes medidas:



A.- Medidas relativas a la persecución de los delitos relacionados con la corrupción:

1.- Endurecimiento de las penas establecidas en el Código Penal para los delitos contra el urbanismo y la ordenación del territorio, malversación de caudales públicos, prevaricación con fines de lucro, cohecho, tráfico de influencias, alteración de precios en concursos y subastas públicas, enriquecimiento injustificado con recursos públicos o privados, omisión del deber de perseguir delitos y blanqueo de capitales.

2.- Extensión hasta 30 años de la inhabilitación para ocupar cualquier cargo público, electo, de libre designación o por concurso público para los condenados por los anteriores delitos.

3.- Regulación de acuerdo con lo establecido por la Comisión Europea de los límites tolerados en los regalos e invitaciones a cargos públicos.

4.- Dotación de los medios adecuados a la Agencia Tributaria, Fiscalía Anticorrupción y Fiscalías de los Tribunales Superiores de Justicia de las CC.AA. vinculadas a la persecución de estos delitos. Investigación y persecución por la Agencia tributaria de los incrementos o modificaciones del patrimonio carentes de justificación con relación a los ingresos declarados.

5.- Establecimiento del procedimiento de urgencia para todos los procedimientos judiciales en los que se encuentren implicados cargos públicos.

6.- Establecimiento de responsabilidad económica subsidiaria para las Instituciones Financieras cuya colaboración sea precisa para operaciones de blanqueo de capitales, ocultación de bienes y capitales, operaciones con paraísos fiscales, etc. con los recursos procedentes de las acciones relacionadas en el punto 1.


B.- Medidas preventivas para el control democrático de los procesos de contratación de las Administraciones Públicas y los procedimientos urbanísticos de planeamiento, recalificación y licencia.

7.- Establecimiento de comisiones de control y seguimiento en los Departamentos Ministeriales, Consejerías, Corporaciones Locales y restantes órganos e instituciones afectados por el ámbito de aplicación del art. 3 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. En estas comisiones participaran los representantes de los trabajadores, y en el caso de los Ayuntamientos, junto a ellos, representantes de las Asociaciones de Vecinos y de los partidos de la oposición municipal.

8.- Creación de una Comisión Parlamentaria Especial para el seguimiento de los procedimientos de contratación en la Administración General del Estado. Creación de Comisiones equivalentes en el ámbito de las CC.AA:

C.- Reformas legislativas

9- Reforma de la Ley Electoral con la finalidad de limitar los gastos en las campañas electorales.

10.- Reforma de la Ley de Financiación de Partidos Políticos.

11.- Reforma de la Ley de Contratos del Sector Público para evitar los acuerdos para el reparto de las contrataciones públicas, limitar las revisiones de los precios de la contratación, las divisiones no justificadas de los contratos e incorporar las garantías y reformas solicitadas por la UE.

12.- Reforma de la Ley de Bases de Régimen Local.

13.- Ley de Financiación Local que garantice el principio de suficiencia.

14.- Incorporación a todo el ordenamiento legal de las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO).

15.- Desarrollo urgente de las medidas preventivas contempladas en la nueva Ley del Suelo, con especial atención a la transparencia, información pública y participación ciudadana en los acuerdos e instrumentos de planeamiento urbanístico, incluyendo los convenios municipales.

D.- Transparencia en la gestión pública

16.- Regulación de los salarios de todos los cargos públicos bajo criterios de austeridad acordados por las fuerzas políticas y publicados.

17.- Regulación de un sistema de incompatibilidades de todos los altos cargos de gobierno municipales , así como de miembros de las Comisiones Provinciales y Autonómicas de urbanismo, en relación con responsabilidades empresariales o profesionales de nivel directivo , vinculadas a la construcción y el urbanismo y creación de un registro público donde consten las fuentes de ingresos profesionales y patrimoniales de cada cargo público, las variaciones ocurridas durante el período del ejercicio del cargo, incluidas reformas y mejoras en los bienes muebles o inmuebles por valor superior a 3.000€ y una declaración final al terminar el mandato.

18.- Creación de un registro público de recalificaciones de suelo y aumento de la fiscalidad de las plusvalías obtenidas. Asegurar que las plusvalías del urbanismo estén sujetas al interés general: los beneficios derivados de las recalificaciones del suelo y de una mayor edificabilidad deben revertir en la sociedad.

19.- Creación de un registro de tenedores de billetes de 500€

20.- Impulso de un 'Código Ético del cargo público', suscrito por las formaciones políticas, que trasladarán a los respectivos Estatutos con los siguientes contenidos:

a) Las formaciones políticas que suscriben este Pacto y sus cargos públicos se comprometen de manera activa y efectiva a denunciar ante la fiscalía y a colaborar con la justicia, ante cualquier dato de corrupción que conozcan en el ejercicio de sus responsabilidades como cargos públicos.

b) Las organizaciones políticas se comprometen a separar cautelarmente de la organización los cargos electos, y de las instituciones los cargos de libre designación que tras su imputación por delitos vinculados a la corrupción estén procesados o bajo medidas judiciales cautelares. La separación será definitiva cuando sean condenados por esos delitos.

c) Igualmente, las formaciones políticas que suscriben se comprometen a utilizar e impulsar mecanismos de participación democrática, de consulta popular como mejor mecanismo de lucha contra la opacidad y el control democrático de las instituciones.

d) Este compromiso afecta también a fortalecer de manera clara los contenidos del vigente 'Pacto contra el transfugismo'. En ese sentido, y a partir del presente acuerdo, hacemos nuestro el no conformar gobiernos en Ayuntamientos y CC.AA. con aquellos que hubiesen abandonado alguna de las formaciones políticas firmantes o se encontraran imputados o procesados en firme por los tribunales, por delitos relacionados con la corrupción política y urbanística.

Finalmente, IU se compromete a elaborar y publicar en el plazo de 6 meses su propio Código Ético del Cargo Público, desarrollando los preceptos y reglas que ya existen en nuestros Estatutos.

IU adaptará estas medidas a las competencias y características de las diferentes Comunidades Autónomas y Ayuntamientos y presentará las correspondientes propuestas en los respectivos Parlamentos y Plenos Municipales.

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