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Sobre la Ley Electotal


Antonio Romero pone una denuncia ante el Juzgado de Guardia de Málaga reclamando la igualdad de todos los españoles flagrantemente vulnerada por la Ley Electoral

Antonio Romero / 13 mar 08

Antonio Romero Ruiz, en mi condición de Secretario Político del PCA en Málaga y como miembro de la Diputación Permanente del Parlamento de Andalucía, con DNI 29625769-N y con domicilio, a efectos de notificación, C/Salvador Noriega nº.7, C.P. 29006 Málaga, comparece ante este juzgado y, como mejor proceda en derecho, dice:

Primero. En la jornada de ayer, 9 de marzo de 2008, ejercí mi derecho al voto en el colegio electoral de Humilladero a favor de la candidatura de Izquierda Unida.

Segundo. Izquierda Unida ha obtenido novecientos sesenta y tres mil cuarenta votos y se le han asignado dos escaños. Cada diputado de Izquierda Unida ha necesitado cuatrocientos ochenta y un mil quinientos veinte votos. El PSOE ha obtenido once millones sesenta y cuatro mil quinientos veinticuatro votos y se le han asignado ciento sesenta y nueve escaños, cada diputado electo del PSOE ha necesitado sesenta y cinco mil cuatrocientos setenta votos. El PP ha obtenido diez millones ciento cincuenta y nueve mil novecientos setenta y tres votos y se le han asignado ciento cincuenta y tres diputados, cada diputado electos del PP ha necesitado sesenta y seis mil cuatrocientos setenta votos.

Convergencia y Unió, CiU, ha obtenido setecientos setenta y cuatro mil trescientos diecisiete votos y se le han asignado once diputados, cada diputado de CiU ha necesitado setenta mil trescientos noventa y dos votos. El PNV ha obtenido trescientos tres mil doscientos cuarenta y seis votos, y se le han asignado seis escaños, cada diputado ha necesitado cincuenta mil quinientos cuarenta y un votos. Y todo ello debido a la aplicación de la Ley Electoral vigente basada en circunscripciones provinciales con asignaciones de número de escaños y por la aplicación, a la hora de asignar los diputados, del sistema D´hondt.

Tercero. Se han vulnerado los siguientes artículos de la Constitución española: artículo 1, artículo 6, artículo 14 y artículo 68, entre otros.

Cuarto. El apartado dos del artículo uno de la Constitución española dice: “la soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los poderes del Estado”.
¿Cómo es posible que la soberanía del pueblo sitúe a IU como tercera fuerza política en número de votos y una ley electoral, injusta y anticonstitucional, la relegue a nivel parlamentario a la sexta fuerza?

Quinto. Como ciudadano demando el amparo de este Juzgado dado que mi voto no vale igual que el de otro ciudadano que haya votado a otra fuerza política. Por lo que solicito que se eleve por su señoría una cuestión de constitucionalidad y de defensa de la igualdad de todos los españoles flagrantemente vulnerada por la Ley Electoral.

Es justicia que pido en Málaga, a 11 de marzo de 2008.

Firmado
Antonio Romero Ruiz
Miembro de la Diputación Permanente del Parlamento de Andalucía
Secretario Político del PCA de Málaga

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