EL PASADO 9 de mayo el Gobierno, las
patronales CEOE y CEPYME, y los sindicatos mayoritarios
CC.OO. y UGT firmaron el «acuerdo para la mejora del
crecimiento y del empleo». Y está pendiente de firmar,
aunque ya hay acuerdo, el Pacto para la reforma de las
pensiones de la Seguridad Social. Este último acuerdo
tiene una repercusión fundamental para todos y cada uno
de nosotros y nosotras como personas trabajadoras,
autónomos, pensionistas, etcétera.
- Hasta ahora para tener derecho a una jubilación se
tenía que haber cotizado 4.700 días, a partir de ahora
habrá que cotizar 5.475 días.
Eso significa que las personas con trabajos precarios,
temporales, a media jornada, por horas¿, lo tendrán
mucho más difícil para cobrar una pensión. Por ejemplo:
una mujer que trabaje a media jornada, necesitará estar
dada de alta y cotizar durante 30 años (anteriormente,
sólo era necesario algo menos de 26 años). Difícilmente
aquellas personas que trabajen menos de media jornada
podrán alcanzar una pensión de jubilación. En las
actuales circunstancias laborales cada vez son mas
frecuentes los contratos a jornada parcial, siendo las
mujeres las que con mayor frecuencia realizan trabajos a
jornada parcial o por horas y por tanto las más
perjudicadas por esta medida. Según los datos de la
Encuesta de Población Activa (EPA), del Instituto
Nacional de Estadística (INE) de fecha 20-6-2006, «los
ocupados a tiempo completo cayeron en los tres primeros
meses del año en 622.200 personas (-3,73%), frente a un
aumento de los trabajadores con jornada a tiempo parcial
de 826.800 (+51,69%), que se concentró en su mayor parte
en las mujeres. De esta forma, los asalariados a tiempo
parcial sumaban al finalizar marzo más de 2,4 millones,
de los que 1,9 millones eran mujeres».
- Se regula la pensión de viudedad para las parejas de
hecho. ¡Bien! Esto es un avance, pues hasta ahora había
una laguna legal. Cuando alguien se encontraba en este
caso tenía que ir a los Tribunales, donde el juez o la
jueza le reconocía los mismos derechos que a los
matrimonios. Ahora se regula por ley, pero se ponen
tantos requisitos que va a ser más difícil cobrarla. Se
pide un «largo período de convivencia», aunque no se
especifica cuánto, y que la persona que sobrevive tenga
unos ingresos inferiores al 75% de los ingresos del
cónyuge fallecido si no tiene hijos, o del 50% si los
tiene. Es decir, esto supone que el cónyuge
sobreviviente no trabaja o es prácticamente imposible
que se den estas diferencias salariales en una pareja.
- Se empieza a poner límites a las pensiones de
viudedad: sólo para las parejas que lleven más de dos
años casadas o tengan hijos comunes. Además se pretende
«reservar a situaciones en que el sustento económico del
viudo/a dependiese del fallecido/a», anunciándose un
pronto estudio de este tema para las personas nacidas a
partir del 1 de enero de 1967, con la intención de
estudiar su posible supresión a partir de esta fecha. Lo
cual va a significar que muchas personas no tendrán
derecho a la viudedad. Y eso pensando que la media de la
pensión de viudedad es de 476,17 euros al mes.
- Con el pretexto de que la pensión de invalidez no se
convierta en una vía de acceso a la protección de
quienes no han cotizado suficiente, se eliminará en
aquellas profesiones con requerimientos físicos «inasumibles»
a partir de cierta edad¿ ¿Qué significa esto y qué
repercusiones tendrá?
- Se sigue penalizando la jubilación anticipada,
restando un 7,5% por cada año que falte hasta los 65
años (con los sueldos que hay, un 7,5% es mucho dinero);
al tiempo que se endurecen los requisitos para acceder a
la jubilación parcial (será a partir de los 61 años,
antes a los 60, y deberán trabajar el 25% de la jornada,
en vez del 15% actual) y se premia alargar la vida
laboral más allá de los 65 años.
Y no nos hemos de olvidar que estamos hablando de
pensiones contributivas: es decir, que vamos a pagar por
una jubilación o una viudedad durante nuestra vida
laboral que se está pactando recortar cada vez más y
endurecer las condiciones para poder percibirlas.
A cambio, como pequeños beneficios a los trabajadores y
trabajadoras se les concede que la base máxima de
cotización evolucionará de acuerdo con la variación real
del IPC y no de la prevista; y que la prestación por
desempleo para mayores de 52 años cotizará el 125% en
vez del 100% del salario mínimo interprofesional.
Para convencernos se nos dice que es necesaria esta
reforma de la Seguridad Social pues aunque en la
actualidad existe un superávit anual de 8.000 millones
de euros, y un fondo de reserva de más de 30.000
millones de euros, de seguir así en unos años habrá
déficit, por lo que hay que prevenir.
En principio este argumento puede parecer coherente,
pero cuando miramos qué medidas se toman para que los
empresarios contribuyan igualmente a sanear las arcas,
nos encontramos que, lejos de aumentar sus cotizaciones
a las mismas, se les reducen en algunos casos. Por
ejemplo, hasta ahora si un empresario o empresaria tenía
contratado con más de cinco años de antigüedad a un
trabajador o trabajadora mayor de 60 años se le abonaba
el 50% de las cotizaciones, y con 64 años, el 90%. Ahora
se amplía y empiezan a bonificarse a partir de los 59
años, con el 40%, estando en estudio rebajar la escala
hasta los 55 años.
En resumen los verdaderos perdedores vamos a ser los
futuros pensionistas y los grandes beneficiados las
compañías privadas de planes de pensiones, quienes van a
hacer su agosto ofertando planes de pensión privados.
Pero la Seguridad Social es un sistema de solidaridad en
el que todos las personas trabajadoras y las propias
empresas pagan para todos, mientras que las compañías
privadas de planes de pensiones es un sistema
individualista, en el que cada uno se busca asegurar su
futuro, pero en el caso de que se tenga contrato
indefinido -pues cómo hacer planes de pensiones con
contratos parciales y temporales como los que ahora
abundan-, y además, cuando dentro de unos años tengan
que comenzar a pagar pensiones ¿quién nos garantiza que
no alegarán una quiebra, una bancarrota?, ¿quién cubrirá
entonces esas contingencias? Las prestaciones de la
Seguridad Social tienen como objetivo la solidaridad,
mientras que la empresa privada se mueve por el
beneficio. ¿Si no hay beneficios, asumirán pérdidas y
cumplirán con sus compromisos?
Para finalizar deben hacernos reflexionar tres hechos:
- Por qué se firman en momentos de bonanza acuerdos
perjudiciales para los trabajadores y beneficiosos para
los empresarios.
- Por qué las reformas actuales están siendo realizadas
a espaldas de los trabajadores y de la población. Qué
razones existen para que los sindicatos y los partidos
políticos no hayan llevado el debate a la calle y hayan
contado con la opinión de sus bases sociales.
- Se habla mucho del pacto social, y se dan como buenas
ambas reformas puesto que han contado con el apoyo de
los tres agentes implicados (gobierno, patronal y
sindicatos). Pero la pregunta sería: ¿cómo es posible
que las tres partes consideren estos acuerdos como un
gran logro, siendo tan diferentes los intereses de un
gobierno, de una empresa y de un sindicato?