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Legalizar el «dumping» social
TRIBUNA
 Enrique
Javier Díez Gutiérrez

EL PARLAMENTO Europeo ha aprobado, con alguna modificación,
el pasado día 16 de febrero la polémica Directiva de
Liberalización de Servicios del Mercado Interior en la Unión
Europea, más conocida como directiva Bolkestein . A
pesar de las multitudinarias manifestaciones en Estrasburgo,
en Berlín, en Madrid, en Estrasburgo, con cuarenta mil
manifestantes durante los debates del Parlamento, y en
diversas ciudades de Europa; a pesar de la oposición frontal
de la Confederación Europea de Sindicatos, la directiva ha
tenido un respaldo de 394 votos a favor, 215 en contra y 33
abstenciones.
La única modificación de la directiva que se consiguió con
estas protestas ha sido la modificación superficial del
«principio del país de origen». En su lugar, se da libertad
a las empresas para prestar sus servicios y a los estados
libertad para establecer sus propias normas por razones de
orden público, seguridad pública, protección del medio
ambiente y salud pública. Por lo que tendrá que ser el
Gobierno del país de destino, que quiera que este «principio
del país de origen» no se lleve a la práctica, quien tenga
que recurrir al Tribunal de Justicia Europeo, en cada caso,
para tratar de imponer alguna limitación a las empresas que
podrán operar con su legislación de origen, tanto en el
plano laboral, como en el mercantil y administrativo.
Izquierda Unida ha denunciado el bochornoso compromiso
alcanzado entre los representantes de los grupos socialista
y popular, incluidos sus parlamentarios españoles, para
sacar adelante esta directiva que supone el mayor ataque
perpetrado contra los derechos laborales de los trabajadores
y trabajadoras de la UE, a pesar de la petición aprobada por
el Congreso de los Diputados español donde se instaba a
garantizar el cumplimiento de la norma laboral de los países
de destino. Esta directiva Bolkestein organiza
claramente lo que podríamos llamar «dumping social» de
acuerdo a este principio del «país de origen». El principio
posibilitará que cualquier empresa con sede en países con
menor regulación laboral pueda trasladar a sus trabajadores
y trabajadoras a España, en las condiciones salariales,
laborales y de seguridad establecidas en aquél país, sin que
las normas específicas vigentes en nuestro marco legal
tengan que ser cumplidas.
Este principio significa que las empresas estarán sólo
sujetas a la normativa de su país de origen, y no a las
leyes del país en que prestan sus servicios. Eso quiere
decir que si una empresa sitúa su residencia legal en
Lituania, por ejemplo, podría proporcionar servicios en
cualquier otro país de la Unión rigiéndose por las leyes
lituanas. Lo cual implica que si esa empresa desarrolla su
actividad en España, podrá fijar las condiciones salariales,
los derechos sociales, la normativa de medio ambiente,
etcétera, según la normativa de Lituania.
En el futuro, cualquier empresa podrá evitar pesadas
restricciones nacionales, reinstalando su oficina registrada
o estableciendo simplemente una oficina fantasma en otro
Estado Miembro con unas condiciones salariales, sindicales y
de cobertura social mucho menores. De este modo se podrán
sortear fácilmente y sin costos los convenios colectivos
locales relativos al sueldo, los requisitos relativos a las
cualificaciones y las normas de protección del medio
ambiente o del consumidor. Y supone un revés muy
especialmente a la negociación colectiva, que dejará de ser
de obligado cumplimiento cuando la empresa tenga su
domicilio social en cualquier otro país distinto de la EU.
Esto supone un incentivo legal para trasladarse a países con
una legislación menos estricta a niveles fiscal, social y
medioambiental, y la creación de compañías con sede fantasma
que se extenderán desde sus sedes registradas a todo el
territorio de la Unión. Al no poder deslocalizar la mayoría
de las empresas de servicios lo que se hace es deslocalizar
las condiciones salariales, de protección social y
medioambiental. La consecuencia será una enorme presión
sobre los países con normas sociales, fiscales y ambientales
que protegen el interés común.
A largo plazo, las consecuencias de la directiva amenazan
con ser catastróficas para todos: las demás empresas, ante
la amenaza de la «competitividad» de estas empresas con
salarios mucho más bajos, menor seguridad laboral, menores
costes de seguridad social, menores exigencias
medioambientales, presionarán a sus trabajadores y
trabajadoras para que «imiten» las condiciones laborales de
esas otras empresas. Se repetirá una cantinela constante: si
los salarios de estas empresas son bajos, entonces habrá que
insistir en la moderación salarial de las empresas locales;
si estas empresas apenas pagan cotizaciones sociales, habrá
que aliviar la carga imputable a las empresas locales; si en
los países localizados en el Centro y Este de Europa se
trabaja más horas, se impone revisar la duración de la
jornada de trabajo; en fin, si las leyes que protegen los
derechos de los trabajadores y las trabajadoras dificultan
el ajuste a la baja de las plantillas o lo encarece, no hay
otra alternativa, aseguran, que diseñar un «entorno legal e
institucional más flexible». Esto es el dumping a nivel
social, fiscal y medioambiental. Las conquistas sociales,
estarán bajo presión: rebajas salariales, prolongación
jornada laboral, más flexibilidad.
Por eso, el coordinador ejecutivo de Economía y Empleo de
IU, Javier Alcázar, y el eurodiputado y responsable de
Relaciones Internacionales, Willy Meyer denunciaron que el
texto aprobado y pactado por el partido popular y socialista
europeos «obvia los derechos laborales nacionales, legaliza
el dumping social empresarial, favorece la nefasta
deslocalización de empresas hacia aquellos países con menos
derechos y peores condiciones laborales, al tiempo que
promueve la privatización de los servicios de interés
económico general». En definitiva, lo que el partido popular
europeo y el partido socialista europeo han hecho, a pesar
de la enorme presión de los manifestantes, no es más que un
maquillaje superficial que no cambia la estructura esencial
de la directiva Bolkestein , puesto que no soluciona
el problema del principio del país de origen, pues se limita
a situar a la Comisión y al Tribunal de Justicia Europeo en
posición de árbitros supremos. Y, dada la orientación
liberal de la Comisión y el Tribunal de Justicia, es como
poner a la zorra al cuidado del gallinero. La pregunta es
por qué el partido popular europeo y el partido socialista
no se unen para regular unas condiciones internacionales
mínimas dignas de los contratos laborales. ¿Por qué se
regula para privatizar y liberalizar todo en todo el mundo a
favor de las grandes empresas y no a favor de unas
condiciones justas para los pueblos y los trabajadores y
trabajadoras? ¿Por qué no se hace una directiva
Bolkestein al revés, donde se exijan condiciones mínimas
a las empresas? |