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Después de objetar fiscalmente
nos podemos encontrar con dos situaciones:
>Que Hacienda no detecte nuestro
caso de objeción, la admita de hecho y no reclame nada. Así sucede
en el 90% de los casos de objeción fiscal.
>Que Hacienda la detecte y nos
comunique un error en nuestra declaración (si la declaración es
positiva nos reclamará y propondrá que paguemos más, y si es
negativa comunicará que nos pertenece menos dinero a devolver).
>Me interesaría saber que les pasa
mayoritariamente a quienes hacen la objeción fiscal y su declaración
les sale positiva: Normalmente (al 90%), si han puesto una
cantidad fija, por ejemplo 84€, Hacienda no reclama. Si se trata de
cifras del tipo de 84,23€, 124,58€, Hacienda reclama.
>¿Hacienda les envía una declaración
complementaria?: Sí, siempre.
>¿Han de pagar alguna sanción o
recargo?: Sanción no, sí un recargo inicial del 7% y más
adelante del 20% si no respondes a tiempo.
Si Hacienda reclama tenemos dos alternativas:
>Aceptar su propuesta de
resolución económica.
>No aceptar su propuesta y presentar un
escrito de alegaciones. Si optas por esta opción te podemos
facilitar un modelo de recurso. Este proceso sigue ante el Tribunal
Económico Administrativo, el Tribunal Superior de Justicia de tu
Comunidad Autónoma, en el Supremo, en el Constitucional y en el
Europeo.
¡ANTE CUALQUIER
CONTRATIEMPO, LLÁMANOS PARA ASESORARTE!
(987209308) |